Menú auxiliar lateral izquierdo

Trámites de reclamación SOAT y accidentes personales

Aquí encontrará la información y procedimiento de atención de siniestros de SOAT  y        accidentes personales.

Preguntas más frecuentes

Características Generales

1. ¿Quién es la víctima en SOAT?

   Se entiende por víctima, la persona que ha sufrido daño en su integridad física y/o    
   mental como consecuencia directa de un accidente de tránsito.

2. ¿Qué se entiende por accidente?

   Se entiende por accidente todo suceso externo, violento, imprevisto, repentino e      
   independiente de la voluntad del asegurado que cause lesión o muerte de éste.

3. ¿Qué es un accidente de tránsito?

    Se entiende por accidente de tránsito el suceso ocurrido dentro del territorio nacional,
    en el que se cause daño a la integridad física o mental de una o varias personas, como
    consecuencia del uso de la vía por al menos un vehículo automotor.

4. ¿Quiénes están obligados a tener una póliza de SOAT?

    Todos los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, incluyendo los
    vehículos extranjeros que de forma transitoria circulen por éste, sean éstos
    particulares o de servicio público, sin importar el modelo del vehículo.

5. ¿Cómo opera el SOAT en caso de un accidente de tránsito?

   En el evento de presentarse un accidente de tránsito, el lesionado / víctima tiene
   derecho a ser atendido de forma inmediata e integral en cualquier hospital o clínica
   pública o privada, quienes tienen la obligación de prestar los servicios de atención
   médica, farmacéutica y hospitalaria. El pago de estos servicios deben ser cobrados
   directamente por las entidades de salud a las aseguradoras.    

6. ¿Las aseguradoras deben autorizar la prestación de servicios de salud por lesiones
    sufridas en accidente de tránsito y que tienen póliza de SOAT?

    No. La ley establece que cualquier institución de salud está en la obligación de atender
    a todas las personas víctimas de accidente de tránsito, esto de acuerdo con la
    pertinencia médica y hasta el tope máximo establecido por ley, con cargo a la póliza de
    SOAT en este caso. Las compañías de seguros no tienen ningún convenio con las IPS
    para atención de los lesionados en un accidente de tránsito.   

7. ¿La póliza de SOAT cubre la incapacidad médica (temporal)?

    No. La póliza de SOAT dentro de las diferentes coberturas que tiene, sólo cubre la
    Incapacidad Permanente, ésta corresponde a las lesiones que se pueden generar de
    por vida, la cual disminuye la capacidad laboral del afectado. Las incapacidades
    médicas (temporales), deben ser cubiertas por las EPS o ARL a la que esté afiliado el        lesionado.

8. ¿ A quién cubre la póliza del SOAT?

  • Al conductor del vehículo.
  • A los ocupantes del vehículo.
  • A los peatones afectados en el accidente de tránsito.

9. ¿Qué cubre la póliza del Accidente Personales?

    Las pólizas de accidentes personales hacen parte de los seguros de personas que
    entre otros aspectos garantizan el pago de un capital, renta o reembolso por la muerte
    del asegurado, o las afectaciones en su integridad personal y/o salud. Esto de acuerdo
    con lo que haya sido contratado en la respectiva póliza.

10. ¿La póliza SOAT cubre los daños de mi vehículo?

     No. La póliza de SOAT fue creada por el gobierno para dar atención a las personas que
     resulten lesionadas física o mentalmente como consecuencia directa de un accidente       de tránsito.

Coberturas


1. Las coberturas y las cuantías del SOAT para accidentes de tránsito ocurridos en el 2023, son las siguientes:

TIPO Y MONTO DE COBERTURA PARA CADA VÍCTIMA DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRANSITO, SOAT AÑO 2023

                             Cobertura       Cuantía  
      Valor en  pesos        
Gastos de transporte y movilización de las víctimas [1] 8,77 UVT 371.953,24
Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios[2] Hasta 263,13 UVT 11.159.869,56
Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios[3] Hasta 701,68 UVT 29.759.652,16
Incapacidad Permanente[4] Hasta 180 SMLDV 6.959.880
Muerte de la víctima[5] y gastos funerarios 750 SMLDV 28.999.500
 

[1] El transporte y movilización de las víctimas a los establecimientos hospitalarios o clínicos se debe hacer preferiblemente en ambulancias o vehículos adecuadamente dotados para este tipo de servicios, garantizando la atención oportuna y efectiva de la víctima.

[2] Para las tarifas 100, 110, 120, 140, 150, 711, 712, 721, 722, 731, 732, 810, 910, 920. Decreto 2497 de 2022

[3] Para las demás tarifas no incluídas en el Decreto 2497 de 2022.

[4] Entendiéndose por tal la prevista en los artículos 209 y 211 del Código Sustantivo del Trabajo.  La cobertura se mantiene en SMLDV

[5] Siempre y cuando ocurra dentro del año siguiente a la fecha del accidente.  La cobertura se mantiene en SMLDV

Fuente: Fasecolda

Procedimiento de atención de siniestros


Atención de Siniestros

Para presentar una reclamación por los ramos de SOAT ó Accidentes personales, la persona que considere tener derecho podrá realizarla de forma directa sin la intervención de un tercero. Cualquier inquietud o duda que se presente sobre este proceso, se puede comunicar con las líneas telefónicas que abajo se indican o acercarse a cualquier sucursal de la Compañía.

1. ¿Cómo hacer para presentar una reclamación una vez a ocurrido el accidente de tránsito?

De acuerdo con la normatividad vigente y el contrato de seguro, las personas naturales y jurídicas que consideren tener derecho a las prestaciones amparadas por las pólizas de SOAT y Accidentes Personales, deben acreditar la ocurrencia del hecho y su cuantía, esto a través de los medios probatorios señalados en la ley y/o el contrato de seguro.

Los documentos requeridos según sea el ramo/amparo podran ser consultados en los      siguientes link:

2. ¿Dónde debo presentar mi reclamación?

Las dirección de envío y recepción de las reclamaciones dependiendo si se trata de reclamantes/beneficiarios personas jurídicas (IPS, ambulancias o profesionales de la salud) o naturales, las podrá consultar en el siguiente link:   

3. ¿Cuál es el tiempo de respuesta, una vez radicada la reclamación?

Una vez presentada la reclamación con los documentos exigidos según sea el ramo/amparo reclamado, las aseguradoras tienen un mes para dar respuesta. Es de aclarar que en caso de no contarse con los documentos completos, sólo hasta cuando sean entregados en su totalidad empezará a contarse el mes. Es importante verificar que sean entregando todos los documentos para así evitar demoras en la definición de la reclamación.  

4. ¿Cómo consultó el estado de mi reclamación?

Para conocer el estado de la reclamación es necesario comunicarse con nuestra línea de servicio nacional 018000910554, en Bogotá al 3487555 o al #345 opción 3, opción 1, momento en el cual con el fin de garantizar la confidencialidad de la información se solicitarán algunos datos que permitan validar la identidad del reclamante, quien es la única persona que podrá solicitar información.

Proceso de aclaración de cuentas - Instituciones prestadoras de salud, ambulancias ó profesionales de salud


Proceso de Aclaración de Cuentas - Personas Jurídicas

1. ¿Cuál es el procedimiento que debo seguir para iniciar un proceso de aclaración de cuentas?

Con el fin de facilitar el proceso de aclaración de cuentas por objeciones totales y parciales que son realizadas dentro del proceso de definición de las reclamaciones que son presentadas a la Compañía, a continuación se indica en resumen el procedimiento a seguir.

Canales de autogestión